El Gobierno publicó la ley que amplia el plazo de entrega de la Declaración Jurada Anual y el pago del Impuesto a la Renta (IR) a nivel nacional para las personas naturales y las micro y pequeñas empresas (mypes).
A través de la Ley 31940, publicada este miércoles en el Boletín del diario El Peruano, se dispone que las personas naturales y las Mypes, del Régimen General del Impuesto a la Renta y del Régimen MYPE Tributario, a nivel nacional, podrán presentar su Declaración Jurada Anual y pagar el Impuesto a la Renta hasta el mes de junio del 2024 respectivamente.
La norma precisa que el cronograma de vencimiento para la presentación de la declaración jurada anual del impuesto a la renta (IR) de las personas naturales y las micro y pequeñas empresas (mypes), conforme al último dígito del registro único de contribuyentes (RUC), es publicado por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).
Asimismo, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) determina la fecha de presentación de la declaración jurada anual y del pago del impuesto a la renta de los buenos contribuyentes y sujetos no obligados a inscribirse en el registro único de contribuyentes (RUC).
Las personas naturales y las micro y pequeñas empresas (mypes) que no se acojan a lo establecido en los artículos 4 y 5 recibirán incentivos que serán establecidos por la Sunat mediante resolución de superintendencia, indica el dispositivo legal.
La ley añade que, mediante resolución de superintendencia, la Sunat establecerá la forma, el plazo y las condiciones para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente ley, en un plazo máximo de 70 días calendario, contados a partir del día siguiente de su entrada en vigor.
Fuente: Gestión