De acuerdo al reglamento interno de CAVALI, Capitulo II “De los Participantes”, artículo 6a:
CAVALI controlará el cumplimiento por parte de los Participantes de los requisitos que le son exigidos para actuar como tal al momento de su incorporación; para lo cual evaluará anualmente si los mismos cuentan con la capacidad financiera, económica, informática y operativa.
Para dicho efecto los Participantes deberán remitir a CAVALI:
- Informe anual emitido por una empresa auditora independiente referido al cumplimiento de su capacidad operativa e informática o, en el caso de ser un Agente de Intermediación autorizado por la SMV, copia del Informe Anual de Cumplimiento presentado ante la SMV.